De acuerdo a la reglamentación vigente, no está permitido despachar los siguientes producto:

● Armas de fuego, materiales explosivos o inflamables (Decreto Nº 5 560/003 defecha 31/12/03)

● Estupefacientes, sustancias psicotrópicas o similares (Decreto Ley Nº 14.294 de31/10/74 y Ley Nº 17.016 de 22/10/98)